A- de 2015
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Denys Luz Lopez Medina·Demandado Colpensiones
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
- Reiteración de Jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre las Salas Penal y Laboral del Tribunal Superior de Santa Marta, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Recuerda la Corte que una equivocación en la aplicación o interpretación de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000 “no autorizan al juez de tutela a declararse incompetente y, mucho menos, a declarar la nulidad de lo actuado por falta de competencia”.
Precisa, que el juez de tutela debe en estos casos, tramitar la acción o decidir la impugnación, según el caso, porque decisión en contrario solo profundiza la desprotección del actor y desconoce la naturaleza de esta acción constitucional.
Se decide el asunto con la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Marta, para que de forma inmediata le imparta el trámite que corresponda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del seis (6) de abril de dos mil quince (2015), proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, mediante el cual se declaro la incompetencia para conocer la accion de tutela interpuesta por la senora Denys Luz Lopez Medina y la nulidad de lo actuado por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Santa Marta (Magdalena) a partir del auto del 4 de febrero de 2015.
- Segundo. REMITIR el expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, para que de forma inmediata, tramite la accion de tutela presentada por la senora Denys Luz Lopez Medina contra Colpensiones.
- Tercero. Por secretaria General, COMUNICAR a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, la decision adoptada en esta providencia.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.